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COLÓN 11/07/20 Acuerdo entre ambos bloques del Honorable Concejo Deliberante de Colón se aprobó la nueva ordenanza de formadores deportivos.
Si bien el bloque “17 de octubre” había propuesto 2 formadores deportivos por club, dada la complicado situación económica del municipio se acordó con el bloque oficialista tratar los 2 formadores deportivos el año 2021 pero que se comience a pagar a partir de agosto a los clubes durante los 12 meses ( anteriormente se pagaba de marzo a noviembre)
Una vez acordado se dicta la siguiente ordenanza:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLÓN, ENTRE RÍOS, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA 17/2020
ARTICULO 1°) Incorpórese al ARTICULO 1° de la Ordenanza N° 77/2014 a la siguiente Institución Deportiva “Hughes Fútbol Club”.
ARTICULO 2°) Modifíquese el ARTÍCULO 4º de la Ordenanza N° 77/2014 el que quedara redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 4°) La vinculación entre los DOCENTES o FORMADORES DEPORTIVOS y el Municipio será a través de un contrato de locación de servicios y las tareas se prestarán en los clubes de fútbol. Los honorarios a percibir por parte de los profesionales intervinientes serán equivalentes a los que perciba un trabajador Municipal perteneciente a la categoría “D” del Estatuto Municipal de Estabilidad y Escalafón y durante todo el año calendario esto es de enero a diciembre de cada año, con una carga horaria de 30 horas semanales”.
ARTICULO 3°) Los docentes o formadores deportivos deberán dar a conocer a la Municipalidad de Colón sobre la marcha de los trabajos a su cargo. Asimismo, el docente o formador deportivo deberá informar a los clubes a las autoridades municipales la situación particular de cada niño o joven, aun cuando exceda lo
estrictamente deportivo; dicha información se deberá realizar cuando la circunstancia lo amerite. –
El formador deportivo deberá realizar al comienzo de cada año, una planificación conjunta con la Dirección de Deportes (o área similar) sobre los objetivos fijados para cada ciclo, los métodos y acciones a realizar para conseguir los mismos, debiendo cada uno adecuarlos a las necesidades y prioridades de su institución. En el mes de diciembre deberá presentar un informe pormenorizado de las actividades desarrolladas. –
También deberá realizar reuniones mensuales con la Dirección de Deportes para informar las situaciones que cada formador va encontrando en su ámbito, como también el avance en las actividades y objetivos propuestos. Esto permitirá que todos conozcan la realidad de cada club, intercambiando ideas para saber cómo está trabajando y ayudando a los colegas a resolver problemas, principalmente en las situaciones que exceden la función. El formador deportivo llevará registro de los casos que presenten dificultad, para que puedan ser acompañados desde la Dirección de Deportes y el o las áreas del Municipio que correspondan para su seguimiento y solución.
Es importante que el formador deportivo del total de horas asignadas, disponga de dos horas semanales, para la organización y difusión de: charlas, talleres u otras actividades que la Dirección de Deportes tenga previsto realizar. Esto se basa en que cada formador conoce a los chicos, padres, directivos, como también sus inquietudes y esto ayuda en la comunicación y armado de dichas actividades.
La figura del Formador Deportivo en nuestros clubes es esencial, por eso debe estar dispuesto a seguir capacitándose durante el año para perfeccionar sus conocimientos en beneficio de los niños y el deporte de nuestra ciudad.
ARTICULO 4°) Lo establecido en los Artículos precedentes, será de cumplimiento efectivo una vez promulgada la misma.
ARTICULO 5°) Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese.
Colón, E. Ríos; Sala de sesión (Recinto H.C.D.) 05 de agosto de 2.020.