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COLÓN 23/05/21

De aprobarse la propuesta que se encuentra en comisión, los infractores serán pasibles de multas por incumplimiento de la norma

Un Proyecto de Ordenanza del Bloque “Todos por Colón” ingresó en la última sesión del Concejo Deliberante, cuya finalidad es aplicar mayores restricciones para el uso y comercialización de la pirotecnia. Esta iniciativa contempla la salud de quienes padecen enfermedades cardíacas o neurológicas y trastornos como TEA entre otras, además de considerar los efectos hacia el ambiente y hacia los animales, que son gravemente afectados por los artificios pirotécnicos.

Cabe destacar que tanto desde el Área de Asistencia a las Personas con Discapacidad como las distintas agrupaciones locales relacionadas, se viene trabajando en conjunto sobre el tema. Asimismo los concejales se reunieron con el responsable del Área de Zoonosis que impulsa la normativa al igual que las agrupaciones protectoras de animales de la Ciudad de Colón.

Mediante la nueva Ordenanza “no se permitirá en el ámbito del radio municipal de la ciudad de Colón, la comercialización, distribución y uso público o privado de artículos de pirotecnia sonora. Además, se incluyen en esta prohibición los globos aerostáticos encendidos”

“Quedan excluidos de la presente ordenanza los artificios pirotécnicos lumínicos exclusivos, como cañas voladoras, estrellas, juegos de luces sin sonido, y productos pirotécnicos lumínicos que no superen una emisión sonora de 65 decibeles a 20 metros de distancia desde su lanzamiento” se destaca en los artículos de la Ordenanza, como así también se excluye a “los artículos pirotécnicos para señales de auxilio y emergencias náuticas, como así también los artículos pirotécnicos de uso por parte de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y/o Defensa Civil e Inspección Municipal”.

También se prohíbe “la realización de espectáculos de fuegos de artificio, destinados al entretenimiento de la población o la conmemoración de hechos especiales, deberá contar previamente con la autorización, mediante resolución fundada, del Departamento Ejecutivo, quien extenderá una habilitación temporaria, donde consta el o los días y horario del espectáculo, y el lugar de emplazamiento solicitado”.

Asimismo queda prohibida la venta de artificios pirotécnicos lumínicos a menores de 16 años.

Por otro lado “los inspectores municipales realizarán periódicamente, con un mínimo de una vez al año, un operativo de control especial, así mismo estarán facultados para solicitar se exhiba documentación de compra de tales mercaderías que haya efectuado el comerciante. Las habilitaciones otorgadas por la Municipalidad de Colón tendrán validez por un año, contado desde que fue otorgada, debiéndose realizar el trámite de habilitación en los años subsiguientes”.

“El incumplimiento de la presente ordenanza derivará en el correspondiente decomiso y destrucción de los elementos de pirotecnia por parte de las autoridades municipales y la aplicación de sanciones a los infractores, pudiendo llegar a la clausura permanente en caso de si se tratara de infracciones por parte de locales comerciales”.

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